Ya sabemos que la conciliación es uno de los mayores obstáculos (si no el mayor) de las familias en la crianza de sus hijos. Tener tiempo para estar con ellos, para darles los cuidados que merecen o, incluso, para llevarlos y traerlos de la escuela infantil o el colegio puede ser una auténtica odisea cuando ambos progenitores trabajan.
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De ahí que el Estatuto de los Trabajadores establezca el derecho a la reducción de jornada laboral por cuidado de un hijo menor de 12 años para aquellos padres y madres que así lo soliciten. Reducción horaria que va acompañada de una reducción proporcional de salario. ¿Puede, aún así, un trabajador encontrarse con trabas por parte de su empresa a la hora de acogerse a este derecho?
“Este derecho es irrenunciable y, en principio, la empresa no puede denegar la solicitud de reducción de jornada, salvo en casos excepcionales”, nos explica Francisco Palomares, experto en Derecho Laboral del despacho Le Morne Brabant Abogados.
Eso sí, hay que tener presente que, si la empresa considera que la petición de reducción de jornada afecta gravemente a la organización del trabajo o al funcionamiento del servicio, podría intentar negociar con el trabajador la forma y distribución de la reducción, tal como puntualiza el abogado. Sin embargo, “no puede negarse sin más”. En caso de hacerlo y de que el trabajador decida demandar, “será el juez quien determine si la negativa de la empresa es justificada”.
Qué se puede hacer en caso de que la empresa se niegue a conceder la reducción de jornada
En caso de que la empresa deniegue su solicitud de reducción de jornada, el trabajador tiene varias opciones a seguir, como detalla Francisco Palomares:
“En primer lugar, es recomendable intentar llegar a un acuerdo con la empresa, revisando los motivos que aduce la empresa para la denegación y buscando una solución que permita conciliar sus necesidades con las de la empresa”. Esta será, en la mayoría de los casos, la opción más favorable para las dos partes.
Es posible que los intereses de la empresa y del trabajador sigan sin encontrar un punto en común y no se alcance el acuerdo. Entonces se puede presentar una reclamación formal a través de una demanda ante los Juzgados de lo Social. “En este caso, el proceso judicial será rápido, dado que se tramita como un procedimiento especial y preferente, y generalmente el juez resuelve en un plazo relativamente breve”.
Además, si así lo precisa el trabajador, adicionalmente, “es posible solicitar al juez medidas cautelares que le permitan disfrutar de la reducción de jornada mientras se resuelve el proceso judicial, si la denegación de la empresa le causa un perjuicio irreparable”.
¿Es posible solicitar la reducción por un periodo muy corto?
Cuando es más difícil conciliar es, si cabe, durante las vacaciones escolares o en los meses de septiembre y junio, cuando el horario de los niños en el colegio es menor que durante el resto de curso. ¿Es posible pedir reducción de jornada únicamente durante un par de meses, por ejemplo, para poder atender a los hijos?
“Sí, es posible solicitar la reducción de jornada por un periodo corto, siempre que esté justificado por las necesidades de conciliación”, nos responde el experto, que informa que no existe un período de tiempo mínimo para solicitar la reducción, lo que permite que, en función de las circunstancias personales y familiares, se pueda solicitar por unos pocos meses o incluso menos tiempo.
Eso sí, “la solicitud debe ser razonable y estar bien fundamentada”, advierte. “Es aconsejable justificar la solicitud especificando los periodos concretos y los motivos por los cuales necesita la reducción de jornada en esos momentos específicos (por ejemplo, la necesidad de cuidar a sus hijos durante las vacaciones escolares)”.
El ‘error’ de la Ley de paridad que permite que se despida a un trabajador con reducción de jornada por conciliación: ‘¿puede la empresa despedirme?
“Aunque es cierto que ha habido críticas y debates sobre el error que podría no ofrecer una protección suficiente, lo cierto es que en la práctica, los tribunales son muy protectores de los derechos de conciliación, y la Inspección de Trabajo ya ha dicho que vigilará que las empresas no abusen de esta incidencia”, tranquiliza el abogado.
Si se da el supuesto en el que un trabajador que ha solicitado la reducción de jornada por cuidado de un hijo menor de edad es despedido sin una causa objetiva y justificada, “el despido puede ser declarado nulo por un juez, sin importar la errónea redacción de la ley, lo que implica la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo y el abono de los salarios dejados de percibir”.
“No obstante, es fundamental que el trabajador esté bien asesorado y, ante cualquier sospecha de vulneración de sus derechos, acuda a un abogado especializado para evaluar la situación y actuar en consecuencia”.