¿Se pueden publicar fotos de menores que no sean tus hijos sin tener el consentimiento de sus padres? ¿Qué sucede si estás divorciado y la otra parte de la pareja sube imágenes de vuestros hijos en común sin tu permiso? ¿Es denunciable? ¿Cómo eliminar estas imágenes para que dejen de ser públicas? Adriana Auset, abogada especializada en Derecho de Familia y fundadora de Auset Abogados, responde a estas y otras preguntas.
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¿A quién 'pertenece' la imagen de un menor?
Tal como explica la experta, la ley española es clara, de forma que los titulares del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen "son los propios menores de edad y no los progenitores o tutores, al tratarse de derechos personalísimos". ¿Qué significa esto? Que el propio menor sería el único que podría prestar su consentimiento para que se publiquen o divulguen imágenes, fotografías o vídeos suyos en una red social o en un medio de comunicación. Esto si su madurez lo permite, lo que está fijado legalmente en los 14 años, que es a partir de cuando pueden dar consentimiento para el tratamiento de sus datos personales. Si el niño es menor de esa edad o sus condiciones de madurez no son las adecuadas, serían los padres o los tutores los que darían o no la aprobación.
"En España es ilegal publicar fotos de menores sin consentimiento de los padres o del propio menor a partir de los 14 años", destaca la abogada. "Incluso puede ser delito si la fotografía publicada atentara contra el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen por constituir una intromisión en su esfera privada", añade.
¿Qué hacer cuando publican la imagen de tu hijo sin tu consentimiento?
Alguien publica una imagen de tu hijo en redes sociales sin tu consentimiento. ¿Cómo actuar? Al tratarse de una acción ilícita, "los padres pueden requerir a quien las ha publicado que las retire de inmediato, así como al administrador de la web o red social". Pero, además, puede denunciarse el hecho ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) de no retirarlas tras el requerimiento realizado.
Al margen de la retirada de las imágenes, y dependiendo de cómo sea el contenido divulgado, se puede interponer una denuncia penal,"cuya condena puede conllevar multas o penas de prisión por infracción del Art. 197 del Código Penal referido al delito de descubrimiento y revelación de secretos; o se puede interponer demanda civil reclamando indemnización por daños y perjuicios", aclara Adriana Auset.
No obstante, "antes de interponer acciones legales, penales o civiles, hay que requerir fehacientemente a la persona que las ha divulgado que las retire inmediatamente, así como solicitarlo al administrador de la web o red social también de forma fehaciente. En caso de no ser retiradas por parte de los requeridos se recomienda también presentar denuncia a la AEPD", subraya.
¿Y si es el otro progenitor el que las publica sin acuerdo entre ambos?
Cuando los padres están separados o divorciados ambos deben prestar su consentimiento para exponer fotos o vídeos de sus hijos en común en cualquier medio público. Sin embargo, "es una de las conductas que se quebrantan constantemente tras un divorcio".
El consentimiento ha de ser de los dos, ya que es un tema que atañe a la patria potestad, que es conjunta (independientemente de quien tenga la guardia y custodia). "La patria potestad, por lo tanto, siempre se ejerce conjuntamente, por lo que las decisiones que afectan a los hijos deben ser tomadas de común acuerdo, como es el caso de exponer o divulgar fotografías de los hijos en plataformas digitales o redes sociales", explica.
Si uno de los progenitores no está de acuerdo en esa exposición pública del menor, si no hay mutuo acuerdo en la postura a seguir, el tema debe resolverse judicialmente "mediante un procedimiento de jurisdicción voluntaria de controversia de patria potestad". Las resoluciones judiciales, y la jurisprudencia que hay al respecto, ponen en primer término el interés superior del menor para garantizar su intimidad, "por lo que se decantan por no permitir las publicaciones por parte de ninguno de los padres".
Cuando hablamos de la familia extensa, si divulgan una fotografía del niño en el que no se le identifica y no se dan datos suyos, en principio no debería haber problema, como apunta la especialista. Pero si la van a exponer en redes sociales, "en general, a los familiares les ampara la misma obligación de solicitar consentimiento por parte de los padres o del propio menor a partir de los 14 años", destaca Adriana Auset.