El lugar ideal para que un menor crezca es en el seno de una familia, sin embargo, hay circunstancias que lo hacen imposible y es cuando la Administración se hace cargo de estos niños y adolescentes. Hay distintas medidas de protección al menor en la ley española, donde se contempla la posibilidad de que estos niños y adolescentes puedan pasar periodos vacacionales, como el verano, fuera del centro de acogida, con una familia que se ofrezca para ello.
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Ana Cristina Gómez Aparicio, subdirectora general de Protección a la Infancia de la Comunidad de Madrid, nos habla de los requisitos que son necesarios para el acogimiento en periodo estival.
Quiénes pueden ser familia de acogida en verano
Hay distintas modalidades de acogimiento, una medida que no tiene nada que ver con la adopción. En la adopción, el vínculo con la familia de origen se rompe y el menor pasa a ser considerado legalmente hijo, con todos los derechos, de la familia que lo adopta.
En el acogimiento, el vínculo con la familia de origen continua. Puede haber acogimiento de urgencia (para que el niño no pase por ninguna institución antes de tomar otra medida, por ejemplo, la adopción); acogimiento permanente (cuando no se prevé un retorno con la familia biológica a corto plazo); acogimiento temporal (cuando el retorno puede ser más cercano en el tiempo), y también acogimiento durante periodos vacacionales, como el verano.
Los requisitos para las distintas modalidades de acogimiento son diferentes. En el caso del acogimiento en vacaciones, la familia se ofrece para compartir parte del verano con un niño que esté en un centro de acogida.
Aunque puede haber sutiles variaciones, dependiendo de la comunidad autonómica, este es el caso de Madrid, que es común a la mayoría: “Pueden participar matrimonio, parejas y solteros mayores de 25 años, residentes en la Comunidad de Madrid”, comenta la especialista.
Es el órgano administrativo encargado de este tema en cada lugar el que selecciona a las familias que van a acoger en verano. Un requisito imprescindible es que los mayores de edad de la familia (progenitores e hijos) deben contar con un certificado negativo de antecedentes penales.
“Es muy sencillo presentar la documentación y se seleccionan todo tipo de familias que puedan ofrecer una experiencia de convivencia familiar a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en los centros de protección”, recalca Ana Cristina López Aparicio.
¿Recibe asesoramiento la familia de acogida?
Las familias de acogida en verano asisten a una jornada informativa previa y “cuentan con apoyo técnico durante el proceso de acogida y el acompañamiento del centro si es necesario”, incide la subdirectora general de Protección a la Infancia de la Comunidad de Madrid. No obstante, aclara que “no es necesario un soporte profesional específico, ya que de lo que se trata es de ofrecer un periodo de vacaciones familiar que no requiere ninguna formación específica, sino simplemente abrir de forma solidaria las puertas de su casa a un menor que se encuentra en un centro de protección”.
En Madrid, cada año los centros proponen a los niños que están preparados (que suelen tener entre 6 y 17 años) y que quieren participar de la experiencia. Habitualmente, “hay más familias que niños propuestos, y en los en los casos en que hemos necesitado buscar una familia para algún menor con alguna características más especial, contamos con el apoyo de las asociaciones de familias de acogida para buscar familias”, destaca.
Aunque es una experiencia individual, en algunos casos también salen juntos a este programa algunos hermanos juntos que se considera beneficioso no separar. Las familias pueden viajar con los menores por España, pero no así salir al extranjero con ellos.
¿Qué beneficios tiene para los menores?
Los beneficios de esta experiencia son dobles: para la familia acogedora y para los niños que disfrutan de la misma. Es algo con gran repercusión sobre los menores. Así lo explica Ana Cristina López Aparicio: “Además de ofrecerles un periodo de vacaciones en un contexto familiar con experiencias que en la mayoría de los casos no han vivido, supone poder disfrutar de una convivencia familiar normalizada, de forma que pueda tener referentes positivos de lo que significa vivir en familia. Además, en muchos casos, permite a muchos niños poder aceptar pasar de vivir en un centro a hacerlo en una familia, permitiendo conocer a los niños lo que significa vivir en familia en un contexto relajado de vacaciones”.
En algunos casos, pasado el verano, y si se considera que la relación repercute positivamente en el menor, las familias acogedoras en periodo estival podrían mantener contacto con los niños o adolescentes acogidos, siguiendo siempre las indicaciones de los profesionales.