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nuevo permiso en el embarazo© AdobeStock

Embarazo

¿Conoces el nuevo permiso para trabajadoras embarazadas?

La Ley de Salud Sexual y Reproductiva contempla un nuevo permiso retribuido para gestantes, que acaba de entrar en vigor. ¿En qué consiste? ¿Quiénes lo pueden solicitar? ¿Con qué condiciones?


29 de junio de 2023 - 13:23 CEST

El embarazo puede desarrollarse de muy diferentes formas, dependiendo de cada mujer. No hay dos iguales, ni siquiera en la misma gestante. Así, hay embarazadas que pasan la mayor parte de este periodo sin apenas molestias y otras que, desde el principio, se encuentran muy mal.

No obstante,  en las últimas semanas casi todas tienen grandes molestias  que derivan del tamaño de la tripa, que comprime algunas zonas, de problemas que han podido desarrollar como la ciática o bien de otro tipo de alteraciones propias de estos nueve meses. ‘Aguantar’ trabajando hasta el parto supone un esfuerzo muy grande para muchas mujeres.

Trabajar estando embarazada hasta el final

Las mujeres que llegaban con muchas dificultades al final del embarazo sin abandonar su puesto de trabajo tenían, hasta ahora, la opción de tomarse parte de la baja por maternidad antes del nacimiento. La ley contempla que se pueden solicitar hasta cuatro semanas previas al parto, que se descontarían de las 16 semanas de baja maternal con la que cuentan las trabajadoras en España. El problema es que, si ya de por sí, el tiempo para cuidar al bebé es mucho más reducido que en otros países, restándole unas semanas para reposar antes del parto queda muy corto.

Otra posibilidad era que el médico diera la baja laboral por enfermedad ante alguna alteración de la gestante que hiciera conveniente el descanso laboral. En ese caso es una baja distinta, que no impacta en las 16 semanas.

Y, por último, las leyes españolas recogen la situación de baja por riesgo en el embarazo, cuando el puesto concreto desarrollado es incompatible durante estos nueve meses porque pone en peligro la salud de la madre o la del feto. Si no es posible un cambio de puesto, la embarazada dejaría de trabajar percibiendo una prestación del 100%.

Permiso laboral para embarazadas© AdobeStock

El nuevo permiso preparto

El nuevo permiso del que ya pueden disfrutar las embarazadas que trabajen es un permiso por incapacidad temporal. No se descuenta de la baja de maternidad, y pueden pedirlo todas las gestantes, aunque no tengan problemas de salud ni haya riesgo de parto prematuro. El permiso entró en vigor el pasado 1 de junio y está contemplado en la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva 1/2023 de 28 de febrero.

Las mujeres que se acojan a él pueden dejar de trabajar desde el primer día de la semana 39, en caso de embarazo único, y desde el primer día de la semana 35, si se trata de un parto múltiple.

Es un permiso remunerado, donde el empresario abona el salario íntegro que corresponde al día de la baja, y la Seguridad Social, el resto del subsidio hasta el parto. El subsidio se calcula teniendo en cuenta la base reguladora de la trabajadora.

 Hasta un 28% de las embarazadas dan a luz antes de la semana 39,  según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), pero las que lo hagan después, pueden disfrutar de este permiso remunerado.

Otras medidas de ayuda a la conciliación

 La conciliación laboral y familiar no es fácil en muchos hogares.  En este sentido, se acaba de aprobar, mediante un real decreto-ley de medidas anticrisis, otro conjunto de ayudas para facilitar la conciliación de las familias. Son las siguientes:

  • Permiso retribuido de cuatro días al año por fuerza mayor. Se trata de un permiso que se puede tomar por horas sueltas hasta sumar cuatro días al año en total. Podrán hacer uso de él los progenitores con asuntos familiares urgentes que requieran de su presencia.
  • Permiso retribuido de cinco días al año. En este caso, es una medida también retribuida para poder faltar al trabajo en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo... de familiares hasta segundo grado. Los familiares de primer grado son padres e hijos. Los de segundo grado incluyen abuelos, nietos y hermanos. En este caso además de los familiares se incluyen en el permiso a los convivientes.
  • Permiso parental de ocho semanas. Es un permiso no retribuido que puede tomarse todo junto o fraccionarse hasta que el menor cumpla ocho años. Puede utilizarse para cubrir días en que los hijos no tienen colegio, para cubrir jornadas especiales como la adaptación en escuelas infantiles o situaciones similares, pero teniendo en cuenta que no está remunerado, aunque en un principio se planteó que sí pudiera estarlo.


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