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getty dolor regla© Getty Images

Cómo solicitar una baja laboral por regla dolorosa e incapacitante

Te explicamos quién te la da, si se puede denegar y quién te pagará el sueldo durante tu baja


Actualizado 8 de junio de 2023 - 20:32 CEST

Desde el 1 de junio, ya se pueden pedir las bajas por reglas dolorosas, según la última reforma de la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que entró en vigor el pasado marzo. Atrás han quedado esos días en los que las mujeres tenían que aguantar este padecimiento e ir a trabajar. En la actualidad, ya es posible pedir la baja por incapacidad temporal debido a esta causa. Te contamos qué se entiende por regla dolorosa según la ley, cómo se debe pedir y quién se hace cargo de tu salario, así como si tienes que comunicar a la empresa el motivo de tu baja.

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La baja te la dará tu médico de cabecera

Lo primero que hay que saber es que este tipo de baja te la tiene que dar tu médico de cabecera o de atención primaria. Es decir, debes solicitar una cita con este profesional, quien evaluará tu caso y te derivará a un especialista en ginecología si lo considera necesario. Este otro médico te explorará, te solicitará las pruebas médicas que considere y emitirá un informe detallado para confirmar la presencia de una condición o anomalía que explique tu menstruación incapacitante.

Las causas que suelen tener en cuenta estos profesionales sanitarias para emitir una evaluación que ratifique que tu regla es dolorosa e incapacitante son el sufrir algunas condiciones médicas que lo pueden propiciar: endometriosis, miomas uterinos, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos o trastornos del flujo menstrual. Sin embargo, según comenta la Dra. Isabel Vielsa, de Clinicas Eva, "independientemente de que haya endometriosis, hay mujeres que, desde que comienzan con la primera regla, en la menarquía padecen este problema, que puede ser incapacitante y conllevar un tratamiento difícil de manejar.” Explica la ginecóloga que, aunque no existan patologías asociadas, como el crecimiento de tejido endometrial fuera del útero, se pueden presentar dismenorreas (dolor pélvico y abdominal asociado al periodo ) intensas que requieren un adecuado tratamiento con analgésicos y también con anticonceptivos.

Una vez tengas el informe detallado, tienes que volver a contactar con tu médico de cabecera cuando tengas un episodio de dolor para obtener la baja laboral. Además, tendrás que comunicar a tu empresa esta baja (aunque no tienes que revelar el motivo de tu incapacidad).

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El tiempo de la baja se determinará por tu propia incapacidad

No hay un periodo determinado y establecido por la ley que dictamine cuántos días puedes estar de baja por esta causa. Como se debe a una incapacidad temporal, normalmente será el propio médico quien determine el periodo.

El haber tenido un episodio de regla dolorosa no implica que los próximos periodos de regla vayas a obtener la baja automáticamente, a no ser que el médico así lo establezca. Cada situación se valorará de forma individual y no se contabilizará como una recaída.

Respecto a quien se hará cargo de tu salario, según esta nueva ley, será la Seguridad Social y lo hará desde el primer día. Por lo que no será la empresa quien tenga que pagarte las ausencias (hasta 3 días) pudiéndotelo descontar de tu sueldo. En cuanto a la remuneración, recibirás el 60% del salario hasta el vigésimo día y a partir del 21, el porcentaje aumentará hasta el 75%.

Para terminar, debido a que se trata de una baja por incapacidad, no pueden despedirte. Tú tampoco puedes realizar otra actividad laboral mientras estés de baja.

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