Si la mascota es un miembro más de la familia, cuando llega una separación a la pareja esta se ve en la sensible tesitura de ver quien se queda con él. Aun guardando las distancias, es inevitable comparar al perro con un hijo, pues se trata de un ser dependiente que probablemente demuestre un amor incondicional a ambos miembros de la pareja y del que separarse resulta injusto y doloroso por igual.
Porque lo cierto es que España es el cuarto país con más divorcios de la Unión Europea, con alrededor de 160.000 de rupturas al año en cuestión de matrimonios formalizados, y cabe esperar que existan otros tantos de parejas sin formalizar en el registro civil que también se digan adiós para comenzar otra vida por separado. Este dato es de especial relevancia cuando tenemos en cuenta que la mitad de los hogares españoles reconoce tener mascota, sea perro o gato.
Primer escollo, amor y posesión
Probablemente si existen hijos en la pareja, su custodia eclipse la situación de perro, y este hecho pase a segundo plano. Pero en el caso de parejas sin hijos, evidentemente el perro es el siguiente habitante de la casa que debe bifurcar su camino en favor de uno de los dos integrantes de la pareja.
Este hecho puede generar sentimientos que dificultan aún más la ruptura, apelando a ¿Quién quiere más a la mascota? ¿Quién pasa más tiempo con él? Y por supuesto ¿A quién demuestra más fidelidad la mascota? Esta cuestión es muy sensible, y no hay respuestas buenas. Por eso se puede entablar una disputa paralela a la propia separación que podría enquistarse si buscamos en la mascota un resorte que certifique quién merece más amor de ella, quién se ha ganado su fidelidad y quién merece salir de esta ruptura en compañía.
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Este escollo de amor y posesión sobre la mascota es una caja de Pandora que podría utilizarse para reflejar simbólicamente otras disputas de la pareja. Pero conviene esquivarlo desde un punto de vista emocional y atender a que la mascota no entenderá la ruptura, se vaya con uno o con otro, y que su fidelidad con los miembros de la pareja no puede medirse para ver quién tiene más derecho a seguir la vida con él, pues las mascotas, sean perros o gatos, desarrollan esa fidelidad en base a unos instintos de convivencia animales: quién les echa la comida, quién representa una figura de poder dentro de la pareja, y quién pasa más tiempo en casa. Cuestiones todas ellas que pueden ser meramente coyunturales.
La ley ha cambiado
Hay una cuestión burocrática de fondo en todo esto. Y es que cuando registrasteis a la mascota en el colegio de veterinarios, cuando fue adoptada o comprada, tuvisteis que dar los datos de una persona, que figura en el registro como su dueño y responsable legal. Para bien y para mal, esa es la persona que podría haber respondido ante una sanción administrativa si la mascota se hubiera metido en líos, y es la persona que debe firmar el seguro de animales que según la ley debe tener toda mascota, especialmente los perros que, al salir a la calle, son más susceptibles de conflictos con terceros.
En este caso, la ley también ha recogido hasta hace poco que las mascotas son un bien inmueble, es decir, que admitían ser propiedad de una persona como si fueran un televisor o una silla. Esta ley cambió a principios de 2018, y desde ese momento las mascotas ya no son susceptibles de ser embargadas o de heredarse, por lo que tampoco pueden ser repartidos en un divorcio como si fuera un objeto que ha sido adquirido por la pareja durante su convivencia.
Por tanto, hasta el cambio de la ley, la custodia de la mascota podría haber sido una cuestión litigable, pero ahora es un acuerdo que debéis de dialogar y, si no hay consenso, el dueño es quien figure en el registro de mascotas como su responsable, pues es a efecto de las mascotas quien ejerce de “tutor”.
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