Con motivo de las informaciones publicadas ayer sobre la situación judicial con Hacienda de Carmen Martínez-Bordíu, que aseguraban que la Agencia Tributaria le había condenado a pagar 525.063 euros por irregularidades en sus declaraciones de IRPF de 2007 y 2008, la Duquesa de Franco ha enviado un comunicado de prensa detallando lo ocurrido. "No he sido condenada por la comisión ningún delito de infracción administrativa y además no tengo ninguna deuda con la Agencia Tributaria. Reitero que estoy al corriente de mis obligaciones fiscales".
"No es cierto que haya sido condenada al pago de sanción alguna a favor de la Agencia Tributaria, tal y como se asegura en medios de prensa. Aclaro que en mi declaración de IRPF del 2006 y 2007 declaré todas las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de acciones, acogiéndome a unas bonificaciones contempladas en la Ley de IRPF. La Agencia Tributaria interpretó que no quedaba acreditado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos previstos en la norma para la aplicación de dicha bonificación y en defensa de mis derechos recurrí este criterio", añade.
"La controversia administrativa finalizó por Sentencia de la Audiencia Nacional el 7 de marzo de 2018, en la que confirma el criterio de la Agencia Tributaria. Por supuesto, se trata de una desestimación de mis recursos, pero no ha supuesto la imposición de sanción alguna, porque la Administración no apreció la comisión de ninguna infracción tributaria por mi parte y por lo tanto no ha existido fraude ni evasión fiscal, tal y como se insinúa en las mal intencionadas notas de prensa publicadas desde el día de ayer", desmiente Carmen Martínez-Bordíu en el texto.
"Insisto en que declaré la totalidad de las cantidades oportunamente en forma y plazo y me acogí a una bonificación prevista en la normativa tributaria vigente y además dicha deuda tributaria, resultante de la regularización practicada, fue completamente abonada, sin que en ningún momento haya entrado en vía ejecutiva, por lo que no se adeuda ninguna cantidad. Reitero que la Administración apreció que no existió ninguna conducta constitutiva de infracción tributaria", replica añadiendo un extracto del acuerdo de liquidación, ratificado por la Audiencia Nacional.