Después de que el Tribunal Supremo impusiese a Javier Bardem dos sanciones, con un valor total de 151.000 euros, por infracciones tributarias leves derivadas de la liquidación del IRPF de los ejercicios 2006 y 2007 cometidas con la sociedad Pinguin Films, S.L. de la que era socio y administrador único, el actor ha querido enviar una nota aclaratoria en la que se muestra “sorprendido” por las acusaciones de algunos medios que le apuntan como defraudador.
En ella puntualiza: “Publico esta nota sorprendido por el sensacionalismo de algunos titulares, en algunos medios, al acusarme de defraudador a Hacienda por unas irregularidades que la propia sentencia califica de infracciones leves y que se resolvieron hace años liquidando en su momento tanto las diferencias como las dos sanciones por la infracción leve, las cuales estimamos pertinente recurrir.
Por otro lado, entra dentro de toda normalidad que entre los criterios interpretativos de Hacienda y de los asesores fiscales o tributarios existan algunas diferencias a la hora de liquidar determinados conceptos, que es lo que ha ocurrido en el presente caso, como ocurre a miles de personas cada año.
Y me interesa destacar que no albergo otra voluntad que la de seguir cumpliendo la ley y sus obligaciones tributarias en el sentido que marcan las normas como siempre he hecho desde que empecé a tributar en los inicios de mi carrera”, ha escrito el ganador de un Oscar a mejor actor.
El Tribuna Supremo sanciona a Javier Bardem con 151.000 euros por infracciones tributarias
Su abogado, Mario Sol, ha querido señalar en dicha nota que la sentencia que con tanto ruido ha sido divulgada no es más que una revisión de la Agencia Tributaria y que tanto las cuotas como las sanciones que Hacienda ha exigido se han cumplido. “Javier Bardem paga sus impuestos. Ha declarado en España todas las cantidades que ha percibido desde el inicio de su carrera profesional y ha asumido la interpretación de la Agencia Tributaria en la revisión que tal organismo realizó de sus declaraciones de los ejercicios 2006 y siguientes. Ha pagado las cuotas, las sanciones que la Agencia exigió y ha cumplido todas sus obligaciones fiscales. La sentencia que con tanto ruido mediático ha sido divulgada, confirma la consideración de infracción leve por la distinta valoración de las operaciones vinculadas, confirmando asimismo la procedencia de las cantidades ingresadas como consecuencia de las liquidaciones en suda realizadas. Ni más ni menos. Una revisión de nuestra Agencia Tributaria como tantas otras que por supuesto acata”.